Doctrina en materia de contratación pública

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en su Resolución nº 1560/2021, desestima la pretensión de acceso al expediente del recurrente porque este “no ha justificado la necesidad de acceso a las partes de las ofertas técnicas de los licitadores que el órgano de contratación ha considerado confidenciales y de la lectura del recurso interpuesto se infiere que ha tenido toda la información necesaria para la interposición del mismo, de suerte que no puede reputarse que haya sufrido indefensión alguna”.

LABORATORIO DE LA CONTRATACIÓN