Doctrina relativa a la exclusión de los licitadores

La Sentencia 1392/2021 del Tribunal Supremo ha concluido que el PCAP del expediente que estudiaba no permitía la exclusión de las ofertas de los licitadores por no ajustarse al PPT, lo cual, se considera que “resulta enteramente conciliable y respetuosa con la jurisprudencia que antes hemos reseñado, en la que, como hemos visto, se interpretan de manera estricta, o, si se prefiere, restrictiva, los supuestos que permiten al órgano de contratación excluir una proposición; y también concuerda con esa otra línea jurisprudencial a la que antes hemos aludido, relativa a la vertiente subjetiva del concurso, en la que se pone de manifiesto que tanto en el Derecho de la Unión Europea como en el plano de la legislación interna se advierte una clara tendencia a favorecer el acceso a la licitación de los contratos”.

LABORATORIO DE LA CONTRATACIÓN