Novedad doctrinal de los Tribunales de Contratación

La Resolución 377/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía tuvo que analizar un supuesto, en el cual, un licitador, en el plazo concedido por la mesa de contratación, en lugar de justificar la viabilidad de su propuesta, procede a modificar su oferta inicial, lo cual, motiva su exclusión. 

Frente a ello, se opone el recurrente justificándolo en base, primero, a un error de tipo material y, segundo, debido a un error de interpretación sobre lo que se le solicitaba en el requerimiento de la mesa de contratación. Sin embargo, el Tribunal no lo admite porque ello habría supuesto aceptar la modificación de su oferta inicial.

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